Medidas y restricciones por Covid-19 en Andorra
Última actualización: 23-05-22 | IMPORTANTE: La información que aparece en esta entrada es orientativas y en ningún caso es de carácter oficial. En caso de dudas consulte fuentes oficiales.
Si tienes pensado viajar a Andorra durante los próximos días y quieres saber las restricciones y medidas por Covid19 en el País, lee atentamente este artículo en el que os vamos a intentar aclarar los siguientes puntos:
- Cuál es la situación de movilidad en fronteras, y
- Cuáles son las medidas generales en espacios cerrados, eventos y actividades
Importante: las medidas cambian continuamente. Para estar informados os recomendamos seguir nuestro Instagram donde notificamos con regularidad si hay modificaciones.
1. FRONTERAS ABIERTAS
Las fronteras en Andorra están ABIERTAS de entrada y salida al País. El tránsito es libre en ambos sentidos con los siguientes requisitos:
PARA ENTRAR EN ANDORRA
NO NECESITA CERTIFICADO COVID: Los residentes en Catalunya, España, Comunidad Europea y países asimilados, así como los ciudadanos de otros países que viajan a Andorra después de haber pernoctado mínimo 10 noches de forma ininterrumpida y justo antes de llegar a Andorra en alguno de los países de la Unión Europea o asimilados.
SI NECESITA CERTIFICADO COVID: Las personas mayores de 12 años de cualquier nacionalidad y que provengan de estancias superiores a 10 días en un país que no sea de la Unión Europea ni de países asimilados
Consulta en el anexo al final del artículo detalles más específicos del Certificado Covid.
PARA SALIR DE ANDORRA
Requisitos variables según la frontera por la que se salga del país:
FRONTERA ESPAÑOLA: Libre circulación de entrada y salida para ciudadanos de la Unión Europea sin necesidad de certificado Covid.
FRONTERA FRANCESA (de Andorra a Francia por el Pas de la Casa): Las personas mayores de 12 años (incluidos) deberán presentar el Certificado COVID-19 excepto si es para desplazamientos inferiores a 24hs con destino en Ariège y los Pirineos Orientales en cuyo caso no necesitan presentar el certificado.
2. MEDIDAS GENERALES
MASCARILLA
NO es obligatoria ni en exteriores ni en interiores (con la excepción de centros sanitarios y hospitales)
RESTAURANTES Y BARES
Las medidas y restricciones son las siguientes:
- Certificado COVID-19: NO es obligatorio para acceder al interior de los locales.
- Sin límites de aforo.
- Horarios de cierre: vuelven a ser los habituales antes de la llegada de la pandemia.
OCIO NOCTURNO
- Certificado COVID-19: NO es obligatorio.
- Sin límites de aforo.
- Horarios de cierre: Vuelven a ser los habituales antes de la llegada de la pandemia.
COMERCIO
- Certificado COVID-19: NO es obligatorio
- Sin límites de aforo.
- El resto de medidas (uso de gel, guantes, uso de probadores, política de devoluciones,…) dependerá de cada establecimiento, que podrá poner las protocolos que considere oportunos.
ALOJAMIENTOS
- Certificado COVID-19: NO es obligatorio.
- Al igual que en el caso de los comercios, cada establecimiento informará a sus clientes de las medidas en el momento de acceso sobre el uso de piscina o gimnasio, por ejemplo.
TERMAS Y BALNEARIOS
- Certificado COVID-19: NO es obligatorio para acceder a las instalaciones.
- Sin límites de aforo.
PALAU DE GEL
- Certificado COVID-19: NO es obligatorio para acceder a las instalaciones.
- En los días festivos y semanas de fuerte afluencia se harán turnos de una hora de patinaje con el objetivo de garantizar el acceso a la pista.
SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA ACTUALIZADA DEL COVID EN ANDORRA
A fecha 18 de mayo los datos generales son los siguientes:
- Casos detectados desde el inicio de la pandemia: 42572
- Casos activos: 662
- Hospitalizados actualmente: 2
- Fallecimientos totales: 153
ANEXO
- ¿QUÉ ES EL CERTIFICADO COVID-19? Es un documento emitido por un organismo autorizado y que certifica al menos uno de estos cuatro supuestos:
- Pauta completa de vacunación
- Superado el COVID-19 (últimos 6 meses)
- Superado el COVID-19 con anterioridad a los 6 meses y haber recibido la primera dosis de la vacuna con un mínimo de 14 días de antelación.
- PCR/TMA negativa (de las últimas 72hs) o test rápido de antígenos (últimas 12 horas)
- La vacuna debe estar autorizada por Agencia Europea de Medicamentos (EMA), por la Organización Mundial de la Salud (OMS) o por una autoridad reguladora de medicamentos.
- El documento acreditativo puede estar escrito en catalán, español, francés o inglés, se puede presentar en formato papel o electrónico, y tiene que contener, al menos, el nombre y apellidos del titular, la fecha de vacunación, el tipo de vacuna administrada, el número de serie de la vacuna sobre el número total de dosis, el país emisor y la identificación del organismo que ha emitido el certificado de vacunación.